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Vivienda en condominio: Corresponde a la Filial N°4 del Condohotel Océano (Condominio Vertical Residencial y Comercial). Apartamento de una planta, ubicado en el primer nivel del edificio, destinado a uso residencial temporal. El apartamento cuenta con cocina, un dormitorio, un baño, una sala, balcón y terraza. Parqueos: el condominio cuenta con una cantidad limitada de espacio para parqueos exteriores: 10 en total; sin embargo; el condominio utiliza para los fines de parqueo, un terreno ubicado al frente del Condohotel. Valor asignado según informe de avalúo 328-6110101274910F-2025-C con fecha 28/08/2025, realizado por el Ing Topógrafo M.v. Ing. Alejandro José Campos Bogantes, número de registro IT-14887.
NOTA ESPECIAL SOBRE EL RÉGIMEN DE CONDOMINIO Y CONDOHOTEL
La finca filial objeto de venta forma parte del proyecto Condohotel Vertical Océano, sometido al Régimen de Propiedad en Condominio, regulado por su Escritura Constitutiva, Reglamento Interno, acuerdos de Asamblea y demás normativa aplicable.
La Escritura Constitutiva del Condominio, el Reglamento Interno y demás documentación relacionada con el proyecto se encuentran disponibles para consulta y descarga en el sitio web https://ventadebienes.bncr.fi.cr/, dentro de la sección "Descargables" correspondiente a este inmueble.
Será responsabilidad exclusiva del interesado descargar, revisar y analizar dicha documentación antes de presentar su oferta de compra.
El Banco Nacional de Costa Rica advierte expresamente que la adquisición de este inmueble implica la aceptación de las disposiciones y condiciones establecidas en la Escritura Constitutiva y el Reglamento Interno del Condohotel Vertical Océano, incluyendo, entre otras, aquellas relacionadas con:
El uso autorizado de las unidades.
Los derechos y obligaciones de los propietarios.
Las cuotas ordinarias y extraordinarias de mantenimiento.
Los fondos de reserva.
Las reglas de administración del condominio.
El uso y disfrute de las áreas comunes.
Las restricciones para remodelaciones y modificaciones de las unidades.
Las regulaciones de convivencia.
Las condiciones particulares de operación del proyecto bajo modalidad de condohotel.
Las disposiciones relativas a la administración y explotación de las unidades dentro del programa de alquileres del proyecto, incluyendo las restricciones y condiciones que pudieren existir respecto de la comercialización, administración u ofrecimiento de las unidades para alquileres de corta estancia o vacacionales.
Cualquier otra limitación, obligación o condición establecida en la normativa interna del condominio.
El interesado reconoce que corresponde exclusivamente a su persona realizar las consultas, verificaciones y estudios legales, registrales, comerciales, financieros, tributarios y técnicos que considere pertinentes, así como obtener asesoría de profesionales de su confianza para comprender plenamente el alcance de las disposiciones contenidas en los documentos antes indicados.
La presentación de una oferta constituirá manifestación expresa de que el interesado:
-Conoce la existencia de la Escritura Constitutiva y del Reglamento Interno del Condominio.
-Tuvo acceso o la posibilidad razonable de acceder a dichos documentos mediante el sitio web https://ventadebienes.bncr.fi.cr/
-Contó con la oportunidad suficiente para revisarlos y obtener asesoría profesional independiente.
-Acepta continuar con el proceso de compra bajo su exclusiva responsabilidad.
-Acepta las condiciones, limitaciones, obligaciones y regulaciones derivadas del régimen condominal y de la modalidad de operación del Condohotel Vertical Océano.
Asimismo, el oferente acepta que el Banco Nacional de Costa Rica actúa exclusivamente en su condición de propietario vendedor del inmueble y que no participa en la administración del condominio, en la administración del programa de alquileres, ni en la operación futura del proyecto.
El oferente reconoce y acepta que el Banco Nacional de Costa Rica no garantiza, representa ni ofrece rendimiento económico alguno asociado al inmueble, ni asegura niveles mínimos de ocupación, ingresos por arrendamiento, rentabilidad, retorno de inversión, valorización futura, flujo de caja, ni cualquier otro resultado financiero relacionado con la adquisición del bien.
Además, el Banco Nacional de Costa Rica no garantiza la compatibilidad entre las expectativas comerciales, de inversión, explotación turística, arrendamiento vacacional o cualquier otro modelo de negocio que pretenda desarrollar el interesado y las disposiciones contenidas en la Escritura Constitutiva, Reglamento Interno, acuerdos de Asamblea, políticas de administración o demás normativa aplicable al Condohotel Vertical Océano. Será responsabilidad exclusiva del interesado realizar sus propios análisis financieros, comerciales, legales y operativos, así como verificar previamente las condiciones que regulan la administración, operación y explotación de las unidades dentro del proyecto antes de presentar su oferta.
En consecuencia, el oferente libera expresamente al Banco Nacional de Costa Rica, a sus funcionarios, representantes y apoderados de toda responsabilidad presente o futura relacionada con:
-La interpretación o aplicación de la Escritura Constitutiva y del Reglamento Interno.
-Las políticas, decisiones y actuaciones de la administración del condominio.
-La operación del programa de alquileres.
-Las cuotas, gastos comunes, fondos de reserva, contribuciones o cargas futuras.
-Cualquier controversia, reclamo o conflicto que pueda surgir con la administración del condominio, la junta directiva, otros propietarios, arrendatarios, ocupantes o terceros vinculados al proyecto.
-Cualquier situación derivada de las condiciones de operación propias del Condohotel Vertical Océano.
La sola presentación de una oferta constituirá manifestación expresa e irrevocable de que el oferente conoce la existencia de la documentación indicada, tuvo acceso a ella, contó con la oportunidad de revisarla y acepta las condiciones jurídicas, operativas y reglamentarias que regulan el inmueble y el Condohotel Vertical Océano.
Nota 1: Según consulta al INS se indica: Se otorga VB a partir de la formalización del crédito. Según el uso que se le dé al inmueble, la póliza puede ser incluida en Hogar comprensivo o en Local comercial.
Hogar comprensivo aplica para los siguientes casos:
•Casos en los que el uso sea 100% residencial: ya sea que el dueño registral habite en el bien, o que lo alquile mediante rentas fijas (períodos de 1 año o más).
Multirriesgo comercial aplica para los siguientes casos:
•Cuando el bien sea para usos comerciales o bien que se alquile mediante rentas de períodos cortos (menos de 1 año o bien tipo cabinas o AIRBNB).
Nota 2: Al momento de la publicación se paga una cuota mensual de condominio de $337,7 más costos de póliza todo riesgo. Las cuotas, contribuciones, fondos de reserva, pólizas, gastos operativos y cualquier otro cargo relacionado con la administración del condominio se encuentran sujetos a modificación por parte de los órganos de administración del proyecto, por lo que corresponderá exclusivamente al interesado verificar los montos vigentes antes de presentar su oferta.
Nota 3: El Banco Nacional de Costa Rica vende este inmueble con base en el plano P-1751067-2014, que está inscrito en Catastro y está relacionado con este inmueble, así como con el avalúo 328-6110101274910F-2025-C realizado por el Ing. Alejandro José Campos Bogantes y el cartel de venta.
El Banco Nacional advierte a los interesados en presentar oferta formal por el bien, que el inmueble matrícula folio real 6-127491-F-000, soporta:
PROHIBICIONES ARTICULO 16 LEY 7599
CITAS: 459-04679-01-0109-001
FINCA REFERENCIA 600162147 000
AFECTA A FINCA: 6-00127491 F-000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVIDUMBRE DE LINEAS ELECTRICAS Y DE PASO
CITAS: 577-66594-01-0001-001
INICIA EL: 14-OCT-2008
FINCA REFERENCIA 600162147 000
AFECTA A FINCA: 6-00127491 F-000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
La zona abre que se menciona para dichas anotaciones, indica el área legal del Banco Nacional, refiere a un Área Bajo Régimen Especial dentro del catastro inmobiliario; dicho gravamen tiene relación con la ley de titulación de tierras en reservas nacionales.
Artículo 16.- Limitaciones Las fincas tituladas en los programas mencionados en la presente ley quedarán sujetas a las siguientes limitaciones: a) A las reservas indicadas en la Ley de Aguas, Nº. 276, del 26 de agosto de 1942, en sus artículos 72 y 73 y a las reservas establecidas en la Ley General de Caminos Públicos, No. 757, del 11 de octubre de 1949. b) A las prohibiciones establecidas en la legislación vigente en materia de ambiente y recursos naturales. Las limitaciones anteriores deberán consignarse en las respectivas escrituras o ejecutorias de titulación y en el asiento original de inscripción en el Registro Público, al igual que el plazo de convalidación señalado en el párrafo primero del artículo 15 de esta ley. No obstante, lo anterior; dicha ley 7599 (Ley de Titulación de Tierras Ubicadas en Reservas Nacionales) fue declarada inconstitucional por la Sala Constitucional de la Costa Rica. La normativa fue anulada por completo mediante la Sentencia N° 2001-08560, tras haber sido cuestionada por problemas de razonabilidad y vulneración a normativas ambientales de Costa Rica.
**El oferente se compromete asesorarse con un abogado y notario público de su confianza facultado para revisar las dichas anotaciones, y le brinde criterio profesional. A su vez, importante indicar que el futuro comprador será quien asuma el costo total por las gestiones necesarias de investigación y consulta ante dichas anotaciones, por ejemplo, emisión de documentos en registro nacional, asesoría jurídica y demás trámites y requisitos inherentes en el proceso de elección.
En virtud de lo anterior, dichos inmuebles se venden de contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito.
Por otra parte, el Banco Nacional no garantiza ni asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva, tampoco garantiza el estado del inmueble.
Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas o situaciones posteriores a la venta serán responsabilidad única del comprador, por lo cual; el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentren. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerarlo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran.
Así mismo, el eventual interesado, debe presentar manifestación escrita, mediante la cual manifieste que acepta el inmueble en el estado de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentra el mismo; dado que lo inspeccionó y verificó previamente, y con la presentación de la oferta acepta expresamente las condiciones del bien. Relevando al Banco Nacional de Costa Rica, funcionarios y/o empleados y al notario designado de toda responsabilidad presente y futura; así mismo renunciando a cualquier reclamo judicial y/o administrativo en contra del BNCR o de sus funcionarios; y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones, físicas y jurídicas del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad y aceptación para adquirir el inmueble bajo las condiciones en las cuales se encuentra el mismo, las cuales se reitera fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a ésta Institución.
Nota 4: Los timbres de traspaso e hipoteca también correrán por cuenta única del adjudicatario, el monto aproximado será anunciado por el notario ante de la firma de la escritura de traspaso por venta del inmueble.
Nota 5: La propiedad se mostrará a los interesados previa coordinación con la Ejecutiva a cargo Sra. Ana Daisy Núñez Chavarría, al whats app 6004-1746 o correo adnunezc@bncr.fi.cr.
Advertencia Especial: El Banco Nacional de Costa Rica no garantiza la compatibilidad de las expectativas de uso, inversión, rentabilidad, explotación comercial, administración o generación de ingresos por alquiler que pudiera tener el interesado respecto del inmueble, con las disposiciones contenidas en la Escritura Constitutiva, Reglamento Interno o demás normativa aplicable al Condohotel Vertical Océano. Será responsabilidad exclusiva del oferente verificar previamente dichas condiciones antes de presentar su oferta.
Nota Importante al Oferente:
La presente descripción del bien tiene un carácter meramente informativo y se limita a detallar las características generales del inmueble ofrecido.
La participación en este proceso de venta implica que el interesado tiene la obligación de leer, conocer, asesorarse y aceptar integralmente el Pliego de Condiciones contenido en el presente cartel, el cual rige en su totalidad la venta del inmueble.
Con la presentación de la oferta y, en su caso, con la firma del documento correspondiente, el adjudicatario declara expresamente que conoce y acepta el bien a su entera satisfacción, en el estado físico, legal, de conservación, uso y condiciones en que se encuentra, asumiendo cualquier riesgo, gasto o gestión posterior que pudiera requerirse, y liberando al Banco Nacional de responsabilidad por aspectos no detallados en esta descripción, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones.
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