Descripción
Casa de habitación de 2 niveles que posee: primer nivel: cochera, sala, comedor, cocina, 4 habitaciones y 3 baños. Segundo nivel: sala, comedor, cocina, 4 habitaciones y 1 baño. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, será responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. Esta propiedad se vende según informe de avalúo N. 214-20604051986500-2024-U del 3/9/2024, elaborado por Diego Porras González. Indica el informe de avalúo: "Durante la inspección se verifica que la instalación eléctrica tiene algunos detalles que podrían ser corregidos principalmente en lo tocante a los cables eléctricos que no están correctamente entubados. Durante la inspección se verifica que el estado de conservación y mantenimiento de la vivienda es regular y el de las bodegas es malo esto porque en la vivienda hay una serie de acabados que deben de ser sustituidos algunas secciones de la cubierta de techos presentan huecos y varios ingresos de aguas llovidas y la cubierta de techo de la bodega se aprecia en mal estado. El acceso a la propiedad se da por medio de la servidumbre de paso, aunque la propiedad tiene frente a calle pública, es importante anotar que la propiedad no tiene el gravamen correspondiente de servidumbre de paso. Durante la inspección se verifica que el estado de conservación y mantenimiento de la vivienda es regular y el de las bodegas es malo esto porque en la vivienda hay una serie de acabados que deben de ser sustituidos algunas secciones de la cubierta de techos presentan huecos y varios ingresos de aguas llovidas y la cubierta de techo de la bodega se aprecia en mal estado. Hay algunos espacios de la edificación que presentan problemas de filtración de aguas llovidas. De hecho, en algunos espacios como en la cochera y en una de las terrazas hay huecos en la cubierta de techo. El portón peatonal de acceso a la vivienda de la servidumbre de paso tiene un llavín que en otrora fue eléctrico este jardín no cierra y es fácilmente operable de manera manual sin necesidad de llaves." Indica el informe de inspección del 3/9/2024, elaborado por Diego Porras González: “La instalación de la acometida eléctrica correspondiente a la bodega fue sustraída por completo no existen ni los cables ni los interruptores de esta instalación. Durante la inspección se verifica que el estado de conservación y mantenimiento de la vivienda es regular y el de las bodegas es malo esto porque en la vivienda hay una serie de acabados que deben de ser sustituidos algunas secciones de la cubierta de techos presentan huecos y varios ingresos de aguas llovidas y la cubierta de techo de la bodega se aprecia en mal estado. El acceso a la vivienda y a la bodega se da por medio de la servidumbre de paso, aunque la propiedad tiene frente a calle pública, es importante anotar que la propiedad no tiene el gravamen correspondiente de servidumbre de paso. Hay algunos espacios de la edificación que presentan problemas de filtración de aguas llovidas. De hecho, en algunos espacios como en la cochera y en una de las terrazas hay huecos en la cubierta de techo. El muro del frente de la propiedad a la servidumbre de paso no está construido sobre el lindero catastral, esto para tener una mayor amplitud de entrada a la bodega. Durante la inspección se verifica que la vivienda está siendo ocupada por el personal de seguridad contratados para tales efectos por la institución, al día de la inspección la propiedad contaba con servicio eléctrico y de acueducto en funcionamiento. Al respecto del documento DPSC-IV-2025-3507: tal y como se aprecia en el navegador del Sistema Nacional de Información Territorial del Registro Nacional, SNIT, la propiedad se ubica en el distrito San Juan, pero a nivel registral se indica en el distrito Naranjo. Desde el avalúo 214-20604051986500-2024-U se indican diferencias entre lo que se indica en el plano catastro y lo que se aprecia en la realidad. Queda claro que la determinación exacta de esas diferencias es el resultado de un trabajo de agrimensura, tal y como el banco ya lo realizó. Resultado de un trabajo de agrimensura que no alcanza a esta inspección. Desde el avalúo 214-20604051986500-2024-U se indican diferencias entre lo que se indica en el plano catastro y lo que se aprecia en la realidad. En específico la situación de la propiedad con respecto a la servidumbre de paso que da acceso al bien”. De conformidad con el informe DPSC-IV-2025-3507, elaborado por Leandro Arguedas Arguedas, con fecha del 29/5/2025: finca ubicada según asiento registral y catastral en la provincia 02-Alajuela, cantón 06-Naranjo y distrito 01-Naranjo; sin embargo, según el Alcance N°82 a La Gaceta N°76 del 30 de abril del 2024 y el acuerdo ejecutivo N°07-2024-MGP Se adjunta extracto del Alcance donde hace referencia a la modificación. Por lo tanto, según esta reforma la propiedad se encuentra ubicada en la provincia 02-Alajuela, cantón 06-Naranjo y distrito 06-San Juan, para lo cual, se debe asignar al área legal la solicitud a la Secretaría de Bienes Inmuebles para modificar el distrito en el asiento registral y catastral. La finca no se encuentra en zona catastrada. Al realizar el levantamiento topográfico de los linderos existentes y ubicar la propiedad por medio del plano de catastro A-1729246-2014 se determina que presenta diferencias de medida y forma con respecto al plano vigente y su realidad física, entre ellas: (1) Invasión. La finca 2-519865-000, plano de catastro A-1729246-2014, a nombre de Banco Nacional invade a la finca 2-293329-000, plano A-2260693-2021 a nombre de KAROL JORLENY CAMPOS CORRALES en 23.9m² aproximadamente, que se forma en la colindancia oeste entre los vértices 4 a 5 del plano de catastro; ésta afecta a parte de la construcción de la bodega ubicada en este sitio, parte de la losa de piso de concreto y al muro de bloques de concreto y verja que delimitan ambas propiedades. (2) Uso de Servidumbre. En la colindancia sur entre los vértices 1 a 2 y 2 a 3 difiere los linderos físicos con el plano de catastro, quedando 59.6m² aproximadamente del plano por fuera de la delimitación, esta área se unifica con el área de la finca 2-293329-000, plano A-2260693-2021 destinada para el acceso, que según plano señala servidumbre de paso con un ancho de 6m. (3) En la colindancia este entre los vértices 7 a 8 se identifica problemas de invasión de la finca 2-298919-000, plano A-1240655-2008 a nombre de MAURICIO ARCE BARRANTES sobre la finca del Banco Nacional, principalmente por el alero y canoa. (4) En la colindancia norte, especialmente entre los vértices 6 a 7 del plano existen diferencias entre los rangos de 30cm a 40cm entre el límite del plano y la realidad física. El área física que se encuentra delimitada y en posesión corresponde a 1411.8m² aproximadamente, resultado de eliminar el área en uso de servidumbre, pero incluyendo el área que está en invasión y posesión de la propiedad. El área catastral y registral es de 1437m². Entre los vértices 1 a 2 del plano de catastro A-1729246-2014 relacionado a la finca 2-0519865-000 del Bien Temporal, se describe que colinda con servidumbre de paso con un ancho de 6m; sin embargo, no se garantiza el acceso y que esta se encuentre inscrita a favor de la propiedad, a pesar de que, la misma se ha utilizado por el uso y la costumbre. En el asiento registral se indican las citas de servidumbre trasladada CITAS: 389-06579-01-0800-001, CITAS: 389-06579-01-0803-001, CITAS: 389-06579-01-0804-001, estas deben ser verificadas por el área legal para determinar si corresponden al acceso indicado en planos; de lo contrario, se deduce que la propiedad no posee acceso inscrito a este espacio que está contenido en la finca 2-293329-000.” Se aclara que, la propiedad cuenta con acceso a calle pública; sin embargo, cuenta con una servidumbre física (al sur) que no se garantiza que se encuentre inscrita. De esta forma el oferente se compromete asesorarse con un abogado de su confianza, para revisar lo correspondiente, y le brinde criterio sobre el fondo de la servidumbre citada. Si bien la propiedad tiene acceso por calle pública (no está enclavada), el plano de catastro A-1729246-2014 describe acceso auxiliar por servidumbre de paso de 6m de ancho que está en uso para ingresar a las construcciones; sin embargo, en el asiento registral no está inscrita. Con base en la imagen ortorectificada a escala 1:1000, el plano de catastro no representa la realidad física, principalmente en el lindero sur (en la colindancia con la servidumbre de paso). Parte del área de la finca-plano está en uso de servidumbre. Se recomienda hacer un levantamiento topográfico para determinar el área precisa. Esto correrá por cuenta y costo del comprador. Requiere demarcado de linderos según plano y levantado de cercas, este gasto correrá por cuenta del eventual adjudicatario. El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional; cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 389-06579-01-0800-001 AFECTA A FINCA: 2-00519865 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 389-06579-01-0803-001 AFECTA A FINCA: 2-00519865 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 389-06579-01-0804-001 AFECTA A FINCA: 2-00519865 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY. El eventual oferente deberá presentar una declaración jurada, en la que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida, se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, monto aproximado: ¢650.000,00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario. El rubro de póliza de vida se cobrará al momento de la formalización y corresponde a la emisión anual del seguro, sin embargo, en la cuota del crédito, se cargará una suma mensual correspondiente al doceavo (monto de anualidad dividida en 12 meses) de dicha póliza, esto con el objetivo de conformar la anualidad para el siguiente período. Los timbres de traspaso e hipoteca correrán por cuenta del adjudicatario, monto aproximado a pagar por concepto de timbres de traspaso: ¢3.700.000,00, monto aproximado a pagar por concepto de timbres de hipoteca: ¢800.000,00. Únicamente se recibirán ofertas de contado o mediante financiamiento con garantía independiente a entera satisfacción del Banco, cuando el valor del bien que se adquiere y que queda como garantía, tomado al 80% de responsabilidad, cubre en un 100% el monto solicitado, siempre y cuando el deudor obtenga sus ingresos en la misma moneda del crédito que se está otorgando. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito. En caso de requerir financiamiento utilizando la misma propiedad como garantía, el oferente deberá solicitarlo y quedará a criterio del ente aprobador aceptarlo o rechazarlo. En el caso de requerir financiamiento por la compra de este bien, pagará una cuota aproximada de ¢850.000,00 por mes; se aclara que los cálculos realizados están basados en el valor informativo de publicación, los mismos son aproximados, por lo que podrán variar, dependiendo de la oferta que realice el cliente. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés.