Terreno de topografía ondulada de uso agrícola. Se vende de contado o con garantía adicional a entera satisfacción del Banco, cuando el valor del bien que se adquiere y que queda como garantía, tomado al 100% de responsabilidad, cubre en un 100% el monto solicitado, siempre y cuando el deudor obtenga sus ingresos en la misma moneda del crédito que se está otorgando. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, será responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. Esta propiedad se vende según informe de avalúo N. 214-50802005362000-2026-R del 30/06/2026, elaborado por Ing Rogelio Ernesto Ugalde Trejos. Con base en el informe técnico DPSC-IV-2026- 4214 emitido por la Dirección de Procesamiento y Servicios de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica, se hace constar que el bien inmueble identificado como finca número 5-53620-000, correspondiente al bien 7124-2, presenta observaciones de carácter técnico-topográfico que podrían incidir en su delimitación física y jurídica. Dicho informe fue elaborado por el ingeniero topógrafo Gustavo Andrés Alvarado González, en fecha 28 de Abril de 2026, y se encuentra debidamente firmado digitalmente conforme a la Ley 8454. Advertencias Técnicas: Si existe diferencias entre realidad física y el plano de catastro, encontrando menos área físicamente que lo registrado, La propiedad cuenta con relación 0, inconsistencia 3 y modificación 9, lo que significa, que el plano cuenta con un error de elaboración excediendo tolerancias establecidas por ley, para este caso corresponde a error de área generada por el derrotero respecto a la indicada en el plano, Al comparar los planos con la realidad física, se determina que los traslapes existentes en el lindero sur son responsabilidad del plano G-0538226-1984 del bien 7124-2 y los traslapes existentes en los linderos este y oeste son responsabilidad del plano G-1626954-2012 de la finca vecina 5-196706. Se informa que dentro de la finca objeto de la presente venta se identifica la existencia de una naciente o manantial. El Banco Nacional de Costa Rica no garantiza ni certifica la condición jurídica, ambiental, técnica, operativa o administrativa de dicha naciente, ni conoce el alcance de su aprovechamiento, explotación, caudal, delimitación, áreas de protección, concesiones, permisos, autorizaciones o restricciones legales que pudieran recaer sobre esta. En consecuencia, será responsabilidad exclusiva del oferente interesado realizar, previo a la presentación de su oferta y bajo su propia cuenta y riesgo, las investigaciones, inspecciones técnicas, ambientales y legales que estime pertinentes ante las autoridades competentes, incluyendo, entre otras, la Dirección de Agua del MINAE y cualquier otra entidad con competencia en la materia. El eventual adjudicatario asumirá íntegramente todas las gestiones, trámites, permisos, estudios, regularizaciones, limitaciones de uso, costos, obligaciones y responsabilidades que se deriven de la existencia de la naciente, así como del cumplimiento de la normativa ambiental e hídrica vigente, renunciando expresamente a formular reclamos, indemnizaciones o acciones administrativas, judiciales o extrajudiciales contra el Banco Nacional de Costa Rica por aspectos relacionados con dicha naciente. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas N.° 276, sus reformas, normativa conexa y demás disposiciones aplicables en materia de protección, aprovechamiento y administración del recurso hídrico, las cuales regulan el uso y aprovechamiento de las aguas y las eventuales restricciones legales asociadas a nacientes, manantiales y áreas de protección.
Por otro lado la confección de un plano de catastro respetando la realidad física no resolvería los problemas de incongruencia con la realidad ni los traslapes. sumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra.
El BNCR manifiesta que ha puesto en conocimiento del comprador todas las observaciones técnicas contenidas en el informe DPSC-IV-2026- 4214, incluyendo los planos, replanteos, y evidencias fotográficas que sustentan las advertencias aquí descritas. Por lo tanto, el cliente comprador y eventual adjudicatario: Reconoce haber sido informado de manera clara, completa y suficiente sobre las condiciones físicas y registrales del inmueble. Acepta adquirir el bien en el estado en que se encuentra, tanto en su configuración física como en su situación registral. Renuncia expresamente a formular reclamos, demandas o acciones legales contra el vendedor por cualquier afectación derivada de las incongruencias topográficas, traslapes, invasiones físicas o errores de planos que se hayan identificado o que pudieran surgir con posterioridad. Se compromete a asumir cualquier gestión técnica, administrativa o judicial que sea necesaria para la regularización de los planos, deslindes o rectificaciones ante el Registro Nacional, Catastro Nacional o autoridades competentes. Reserva de Derechos: El vendedor se reserva el derecho de aportar el informe técnico DPSC-IV-2026- 4214 como prueba documental en cualquier procedimiento administrativo o judicial que pudiera surgir, con el fin de demostrar la debida diligencia en la divulgación de las condiciones del inmueble.
El Banco Nacional informa al comprador que cualquier situación de origen natural —incluyendo, a modo de ejemplo, inundaciones, deslizamientos u otros fenómenos similares— no es conocida ni asumida por la institución Por lo cual no se pueden asumir como vicios ocultos. En consecuencia, el Banco Nacional no se responsabiliza por dichos hechos ni por sus efectos. Se recomienda al interesado realizar las verificaciones técnicas pertinentes, incluyendo la consulta con un profesional geólogo y topógrafo de su confianza, antes de gestionar la compra. La responsabilidad de asegurar la idoneidad del terreno y de adoptar las medidas necesarias recae exclusivamente en el comprador.
La propiedad esta cultivada de pasto mejorado actualmente sin edificaciones con un regular manejo". Lo cual el comprador y eventual adjudicatario deberá de hacerse cargo de cualquier situación de precarismo o invasión a la propiedad el mismo deberá de asumir las costas de cualquier proceso legal o administrativo que garanticen el dominio dela propiedad.
El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional; cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. Requiere demarcado de linderos según plano y levantado de cercas, este gasto correrá por cuenta del eventual adjudicatario. El eventual oferente deberá presentar una declaración jurada, en la que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida, se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario. El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional , aceptando las anotaciones de SERVID CITAS;346-14815-01-0900-001 cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. Se hace del conocimiento de los interesados que la propiedad objeto de la presente licitación registra un valor fiscal de ¢220.000.000,00 (doscientos quince millones de colones), según la información obtenida del Registro Nacional al momento de la elaboración de este cartel. En consecuencia, el eventual adjudicatario declara conocer y aceptar que todos los gastos, tributos, honorarios profesionales, timbres, derechos registrales, impuestos y demás costos asociados al otorgamiento, formalización e inscripción del traspaso de la propiedad serán asumidos íntegramente por su cuenta y riesgo, sin responsabilidad alguna para el Banco Nacional de Costa Rica. Asimismo, se advierte que los montos correspondientes a dichos gastos pueden variar según la normativa vigente y las particularidades de la transacción, por lo que cada oferente deberá realizar, bajo su exclusiva responsabilidad, las consultas legales, notariales, tributarias y registrales que estime pertinentes con su abogado o notario de confianza, previo a la presentación de una oferta formal y, en todo caso, antes de la formalización de la compraventa. La presentación de una oferta implicará el reconocimiento expreso por parte del oferente de haber realizado las verificaciones correspondientes y de aceptar íntegramente las obligaciones económicas derivadas del traspaso, liberando al Banco de cualquier reclamo, objeción o gestión posterior relacionada con dichos costos.
CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO • 0% avalúo, formalización, honorarios legales • Financiamiento en Dólares: La tasa de interés será Tasa Libor (6 meses) + 5,15% o modalidad tasa fija del 5,5% durante todo el período. 2. Financiamiento en Colones: La tasa de interés será Tasa Básica + 0,15% o modalidad tasa fija del 8% durante todo el período del crédito. • Financiamiento de hasta el 100% sin prima. • Plazo 20 años (240 meses): para propiedades destinadas a vivienda, plazo de 30 años (360 meses).Nota :Las visitas se coordinarán todos los viernes de cada semana únicamente, sujeto a disponibilidad del ejecutivo encargado Carlos Alberto Quiros Ocon por lo que se deberá de avisar con dos días de anticipación, toda gestión de venta se deberá de tramitar con dicha persona encargada por parte del departamento de venta bienes para su debida asesoría; nuestro horario de atención al público es de lunes a viernes de 8:20 am a 4:20 pm.
Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés.