Descripción
Casa de habitación que posee: garaje (1 vehículo), sala, comedor, tres habitaciones dos baños (uno dentro de la habitación principal), cocina, corredor trasero. La propiedad posee un patio amplio. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, será responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre. Esta propiedad se vende según informe de avalúo N. 214-20702025078600-2022-U del 21/12/2022, elaborado por César Miguel Sancho Estrada. Indica el informe de avalúo: "1 - los linderos actuales de la propiedad presentan diferencias lineales con respecto a los datos del plano catastro, así como el ancho de vía y referencia a esquina, se recomienda el asesoramiento con un ing. Topógrafo al respecto (ver croquis constructivo). 2 - el sistema eléctrico de la vivienda no está entubado completamente (70% aproximadamente) se solicita subsanar tal situación. 3 - el estado actual de la vivienda es intermedio requiere algunas reparaciones así como mantenimiento a paredes, cielos, etc ". Indica el informe de inspección realizado por César Miguel Sancho Estrada, con fecha del 11/8/2025: “El estado actual de la vivienda es Intermedio, requiere reparaciones en cocina, baño, canoas y bajantes, así como de la totalidad de la pintura de la casa”. Esta propiedad se vende según informe DPSC-IV-2025-3492, con fecha del 22/5/2025, indica: “Al realizar el levantamiento topográfico de los linderos existentes y ubicar la propiedad por medio del plano de catastro A-0751614-1988 se determina que esta presenta diferencias de medida y forma con respecto al plano vigente, principalmente en el fondo de la propiedad, esto genera: Invasión #1, la finca 2-423096-000, plano de catastro A-1074469-2006, a nombre de Esteban Vargas Ramírez invade al Bien Temporal en 7.8m² aproximadamente. Invasión #2, la finca 2-250786-000, plano de catastro A-0751614-1988 a nombre del Banco Nacional invade a la finca 2-423096-000 a nombre de Esteban Vargas Ramírez en 2.5m² aproximadamente. Ver detalle en croquis. La propiedad se encuentra delimitada por tapia de bloques de concreto. Por otra parte, se indica un problema parcelario por sobreposición parcial de fincas de 8.6 m² aproximadamente, entre la finca del bien temporal 2-0250786-000, plano de catastro A-0751614-1988 y la finca 2-0332039-001, 002, plano de catastro A-0417947-1997, a nombre de María Gerardina Alvarado Sancho y Telma Cristela Rivera Benavides. Con relación al ancho de calle pública el plano de catastro vigente indica un ancho de 10.0m y la medición de campo y su realidad física corresponde a 11.5m. La referencia a esquina del plano actual indica 22.50m, ésta referida a la finca esquinera plano A-0417947-1997 colindante al norte que según plano tiene un frente en su costado oeste de 22.50m, permitiendo de ese modo ubicar al Bien Temporal; sin embargo, físicamente la propiedad colindante no posee los 22.50m de frente. Por lo tanto, la referencia a esquina física corresponde a 21.7m incluyendo “quiebres” o en línea recta 20.8m”. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerar lo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico y descartar que existan vicios ocultos, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran. Requiere demarcado de linderos según plano y levantado de cercas, este gasto correrá por cuenta del eventual adjudicatario. Cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación, por lo que el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, funcionarios y notario designado de cualquier responsabilidad presente o futura por el exceso o faltante renunciando en este acto a cualquier reclamo posterior judicial y/o administrativo con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional; cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El eventual oferente deberá presentar una declaración jurada, en la que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida, se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, monto aproximado: ¢300.000,00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario. El rubro de póliza de vida se cobrará al momento de la formalización y corresponde a la emisión anual del seguro, sin embargo, en la cuota del crédito, se cargará una suma mensual correspondiente al doceavo (monto de anualidad dividida en 12 meses) de dicha póliza, esto con el objetivo de conformar la anualidad para el siguiente período. Los timbres de traspaso e hipoteca correrán por cuenta del adjudicatario, monto aproximado a pagar por concepto de timbres de traspaso: ¢1.600.000,00 monto aproximado a pagar por concepto de timbres de hipoteca: ¢300.000,00. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito. En caso de requerir financiamiento utilizando la misma propiedad como garantía, el oferente deberá solicitarlo y quedará a criterio del ente aprobador aceptarlo o rechazarlo. Únicamente se recibirán ofertas de contado o financiamiento con garantía independiente a entera satisfacción del Banco, cuando el valor del bien que se adquiere y que queda como garantía, tomado al 80% de responsabilidad, cubre en un 100% el monto solicitado, siempre y cuando el deudor obtenga sus ingresos en la misma moneda del crédito que se está otorgando. En el caso de requerir financiamiento por la compra de este bien, pagará una cuota aproximada de ¢110.000,00 por mes; se aclara que los cálculos realizados están basados en el valor informativo de publicación, los mismos son aproximados, por lo que podrán variar, dependiendo de la oferta que realice el cliente. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés.