Terreno con construcción de 2 niveles tipo Vivienda y apartamentos, posee cochera para 2 vehículos, sala, comedor, área de cocina, área de pilas, 5 dormitorios, 4 baños y área pilas y área de patio. En el primer nivel existe una casa dividida en dos secciones, El estado general de la casa del primer nivel es deficiente. Presenta una falta de mantenimiento evidente, aparte fue desmantelada, la plaqueria eléctrica, así como losas sanitarias, griferías y muebles de cocina fueron extraídos. En el segundo nivel existen dos apartamentos en estado intermedio, en el segundo nivel se presenta un desplome evidente en los cielos. El sistema eléctrico de la vivienda y se encuentra parcialmente entubado (50%) y no existe caja breaker. La propiedad cuenta con un amplio patio trasero, en la parte posterior existe una pequeña bodega, así como el tanque séptico. Existen parte de la vivienda que no cuentan con cielos rasos. Se vende según avalúo 214-20104016198400-2024-U, realizado por el perito Cesar Miguel Sancho Estrada, el 18 abril del 2024 y con base en el plano A-0006525-1976, que está inscrito en Registro y relacionado con este inmueble. Nota: Las diferencias lineales entre los linderos y referencia del plano en sitio versus las distancias señaladas en el plano catastrado A-0006525-1976 rondan entre 0.30m a 0.90m de longitud. La propiedad de encuentra en zona catastrada al momento de la publicación no se encontraron inconsistencias catastrales. Se financia como máximo hasta el 100% del valor del terreno por ¢37.044.751,56 o más, pero con otra garantía adicional a entera satisfacción y respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica. El inmueble se vende de contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito. El comprador acepta el terreno y los linderos con l as medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad, de acuerdo con el plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional, cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación. Asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El Banco Nacional no garantiza ni asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva, tampoco garantiza el estado del inmueble. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerarlo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico y descartar que existan vicios ocultos, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran. El eventual interesado acepta el inmueble en el estado de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentran; dado que los inspeccionó y verificó previamente, y con la presentación de la oferta acepto expresamente las condiciones de los bienes, relevando al Banco Nacional de Costa Rica , funcionarios y/o empleados de toda responsabilidad presente y futura; así mismo renunciando a cualquier reclamo judicial y/o administrativo en contra del BNCR o de sus funcionarios; y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones, físicas y jurídicas del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirir los inmuebles bajo las condiciones en las cuales se encuentran los mismos, las cuales se reitera fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a ésta Institución. Adicionalmente que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida, se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, monto aproximado: ¢300,000.00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario. Nota: El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos anteriores a la adjudicación en firme de la propiedad al Banco Nacional de Costa Rica, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras del servicio a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. Nota: La propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la reinstalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. Nota: para todos los casos donde el aporte supere los $10.000, los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada de origen de fondos por medio de su abogado de confianza. Nota: El cliente está obligado por la ley 8204 sobre estupefacientes, sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, a mantener actualizada su información personal y presentar la documentación que respalde el origen de los fondos del aporte como parte de las condiciones de venta una vez presentada su oferta y adjudicada por el Comité de Adjudicación de Bienes Temporales.