Terreno medianero. Topografía plana. Nivel sobre calle 2m. Se vende según avalúo 214-20706040997500-2026-U, realizado por el perito Arquitecto Edgardo Espinoza Quesada, 28/08/2026 y con base en el plano A-0985890-2005, que está inscrito en Registro en finca 2-409975-000 (zona catastrada ABRE 0 y presenta inconsistencia 6- sobreposición física de fincas), situado en distrito 06-ESQUIPULAS, cantón 03-PALMARES, provincia 02-ALAJUELA. Terreno 536,86m2 (según estudio de finca, plano, zona catastrada). Construcciones: 294m2, casa de dos plantas, posee sala, comedor, cocina, 4 dormitorios, 2 baños completos, medio baño, cuarto de pilas, cuarto de pilas, corredor perimetral, 2 balcones uno techado y otro sin techar, 2 parqueos. Según consulta registral: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY, GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY. Este predio se encuentra en zona catastrada, por lo que es necesario solicitar el respectivo certificado inmobiliario con la finalidad de determinar si la finca sigue siendo afectada por alguna inconsistencia a nivel catastral. En caso de estar vigente, se debe de contratar a un Ingeniero Topógrafo con el fin de resolver la situación. Se advierte: 1).Se identifica una sobreposición parcial (traslape) entre la finca matrícula Folio Real 2-0409975-000, propiedad del Banco Nacional, específicamente en su colindancia norte, y la finca matrícula Folio Real 2-0162373-001, plano catastrado A-1002571-2005, inscrita a nombre de ASDRUBAL ALFREDO BOLAÑOS CHACON. 2). Se identifica una invasión de la finca matrícula Folio Real 2-0389123-000, plano catastrado A-0772546-2002, propiedad de CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S.A, sobre la finca matrícula Folio Real 2-0409975-000, plano catastrado A-0985890-2005, inscrita a nombre del Banco Nacional, específicamente en la colindancia oeste de esta última. 3). Se identifica un área sin información catastral en la colindancia este, la cual se encuentra bajo posesión de la propiedad del Banco Nacional. Dentro de dicha área se localiza además una porción de la edificación destinada a casa de habitación. En consecuencia, la forma geométrica representada en el plano A-0985890-2005 no refleja la realidad física existente, comprometiendo parte de la edificación y otros espacios que se encuentran en posesión. 4).La propiedad del Banco Nacional se encuentra delimitada físicamente por malla ciclón en sus colindancias norte, este y oeste. Por su parte, en la colindancia sur, correspondiente al frente de la propiedad, con murete de bloques de concreto, columnas de concreto y verjas tipo hierro forjado. 5).La realidad física de la propiedad del Banco Nacional, definida por sus linderos y elementos de cerramiento existentes, no coincide con la forma ni con la orientación representadas en el plano catastrado A-0985890-2005. De acuerdo con la información registral y catastral, el inmueble posee un área de 583.86 m²; sin embargo, el levantamiento topográfico realizado determina un área física de 518.02 m², lo que evidencia una disminución de 65.84 m² respecto al área registral-catastral. 6).El ancho del derecho de vía correspondiente a la calle pública fue medido físicamente en 6.30 m, mientras que el plano catastrado consigna un ancho de 7.00 m. Esta diferencia podría incidir en la ubicación de los linderos físicos de la propiedad y, consecuentemente, en la determinación de su área física. Asimismo, según el documento MP-URGVC-199-2026, emitido por la Municipalidad de Palmares, el ancho oficial del derecho de vía, de acuerdo con el expediente administrativo del camino, corresponde a 7.00 m. No obstante, dicho documento no establece si la finca Folio Real 2-0409975-000 y/o sus linderos físicos invaden total o parcialmente el derecho de vía oficial. 7).En virtud de lo anterior, para efectos del presente análisis se realizó una provisión del ancho oficial del derecho de vía a partir de la línea central del camino, considerando 3.50 m hacia cada lado. Como resultado, se estima una afectación aproximada de 6.88 m² sobre la propiedad, comprometiendo elementos constructivos existentes, tales como un murete de bloques de concreto, columnas de concreto y verjas tipo hierro forjado. 8).En consecuencia, el área física estimada de la propiedad correspondería a 511.14 m², lo que representa una disminución de 72.72 m² respecto del área registral y catastral. Es importante señalar que esta valoración se realiza únicamente como una provisión técnica derivada de la información disponible, por cuanto no se cuenta con una definición oficial que determine la existencia o inexistencia de invasión al derecho de vía por parte de la finca o de sus linderos físicos, resulta necesario que la Municipalidad se pronuncie expresamente sobre este aspecto. El comprador acepta el terreno y los linderos con las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad y sin demarcación topográfica de acuerdo con el plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional, cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación. Asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios, perito y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El Banco Nacional recomienda al interesado, previo a presentar su oferta, realice por su cuenta un replanteamiento topográfico y/o la verificación de linderos, área y correspondencia del inmueble con el plano catastrado y zona catastral, ya que el oferente con la firma de la declaración jurada y el cartel (formulario de oferta de compra) y pliego de condiciones acepta voluntariamente el terreno y los linderos con las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado y en el presente cartel. El comprador debe realizar los trámites topográficos y legales para la rectificación de los puntos indicados, para obtener un plano catastral actualizado sin diferencias de cabida ni inconsistencias, asumiendo por su cuenta los gastos que genere esa gestión. Según informe avalúo: el bien presenta las siguientes condiciones: Fisuras leves en repellos y piso, apreciación visual de desplome leve en pisos y cielos. Desde el punto de vista estructura las columnas, vigas y paredes de mampostería se observan en buen estado. En planta baja en piso de corredor principalmente al frente y lateral izquierdo se observan recentaduras algunas de al menos 1 cm y en algunos puntos al frente desprendimiento entre piso y pared, y en la entrada se nota erosión debajo del contrapiso, posiblemente por algún tipo de asentamiento en esa parte de la casa. lo que puede estar causando la aparición de reventaduras y fisuras internamente; tanto en planta baja como alta el piso se observa bien (ver fotos), esta es la parte más deteriorada observada el resto son algunos detalles del cielo raso, pintura. La segunda planta está en mejores condiciones que la planta baja, en general son detalles propies de falta de mantenimiento. El oferente manifiesta haber realizado la lectura del informe avalúo en todos sus extremos, y manifiesta que comprende lo externado en la página 4- OBSERVACIONES IMPORTANTES, el cual concluye que a la zona afectada (traslapada) se le aplicó un demérito, detallado en el cuadro «Factores Aplicados a Secciones del Terreno», debido a las siguientes afectaciones: Traslape con la finca colindante al norte, 2-0162373-001: 63,03 m². Traslape con la finca colindante al oeste, 2-0389123-000: 65,33 m². Ampliación de calle: 6,88 m². Las áreas correspondientes a estas afectaciones se detallan en el cuadro citado. El Arquitecto indica “A pesar de las afectaciones señaladas en el terreno, la casa de habitación existente no se ve afectada, por lo que se valora en su totalidad”. De la Municipalidad de Palmares, Departamento de Control y Desarrollo Urbano, Unidad de Red de Gestión Vial Cantonal, del 04 de mayo del 2026, se refiere: (1)Número de Camino: 0103. (2)Nombre: Calle La Chayotera. (3)De. (ENT.C.2070023) A. Fin de camino. (4)Longitud: 0,425 kilómetros. (5)Ubicación: Palmares.(6) Previsión Vial: Catorce metros (14,00 m). (7)Alineamiento Vial: Retirarse 3.5 m, desde el lindero comprendido entre los vértices 1 hasta el 2, según el plano catastrado A-0985890-2005. Para construcción de muro o tapia, deberá cumplirse con lo establecido en el Artículo 123 del Reglamento de Construcciones, dejando visibilidad del 80% de su superficie. El mismo puede construirse en la línea de propiedad. (8) Este alineamiento no sustituye un permiso de construcción, ni un uso de suelo, los que se solicitarán en trámites aparte. Además debe coordinarse con el Departamento Municipal de Urbanismo, la zona residencial del lugar.(9) Debe respetar el retiro hacia los conductores eléctricos de acuerdo a la Norma AR-NT-SUINAC: “Supervisión de la Instalación y Equipamiento de Acometidas Eléctricas”, publicada en el Alcance N° 31 a La Gaceta N° 85 del 5 de Mayo del 2015, de ser mayor, este retiro regirá sobre los anteriores. Toda violación del alineamiento oficial, deja sin efecto este oficio, el dueño estará obligado a demoler la parte fuera de la línea de construcción, según los Artículo 24 de la Ley de Construcciones y 19 de la Ley General de Caminos Públicos. Presenta humedad en algunas paredes, afectación en aleros y precintas. La propiedad se encuentra sin ocupantes, se advierte al oferente que en caso de que posterior a la firma de la venta del terreno existan ocupantes y no se retiren del inmueble en forma pacífica corresponderá al comprador demarcar el lote y proceder con el desalojo y asumir los costos que esta gestión genere. El Banco Nacional no cuenta con el documento uso de suelo municipal, por ende, no garantiza que el inmueble sea apto para un uso específico pretendido por el comprador, y no asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El inmueble se vende de contado o con financiamiento presentando una garantía adicional (diferente a la propiedad en venta), aplican restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la propiedad sea garantía a satisfacción del Banco. Se recomienda que el interesado solicite al ejecutivo de venta un pre estudio de crédito antes de ofertar. Consideraciones importantes: Nota 1: El Banco Nacional solicita al oferente que previo a presentar la oferta debe inspeccionar la propiedad en razón de la inconsistencia catastral 6, relativo al traslape de uno o dos planos, posible invasión del derecho vía, invasión de la finca matrícula Folio Real 2-0389123-000, área sin información catastral en la colindancia este y de cualquier otra situación que afecte Registral, Topográfica, Municipal y más entes que pudieran afectar y actualmente el Banco Nacional no tenga conocimiento). Verificar ubicación del muro frontal, con respecto a lo comentado del ancho de via. El Banco Nacional recomienda al comprador realizar los estudios y revisiones exhaustivas correspondientes, incluyendo el levantamiento topográfico, la revisión de las anotaciones y/o gravámenes (si los hay) que se indiquen en el avalúo, estudio de registro y en este cartel, así como la verificación de la zona catastrada (Abre 0 y las inconsistencias) según informe avalúo (aplicando el respectivo demérito) y advertencias de este cartel, el comprador está ofertando por la sección solo el área no traslapada y respectivas construcciones. La vivienda existente no se ve afectada por la diferencia de cabida. El comprador debe considerar que el perito recomienda la presentación de un nuevo plano, por lo que con la presentación y firma de la declaración jurada y la oferta y pliego de condiciones acepta expresamente la condición del bien, el oferente manifiesta comprender la situación expuesta, acepta voluntariamente adquirir el inmueble en el estado físico, de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentra, bajo su propio criterio y responsabilidad, expresamente declara que tuvo oportunidad suficiente para inspeccionar el inmueble y realizar por su propia cuenta todas las verificaciones que consideró necesarias, por lo que el comprador expresamente manifiesta que acepta los riesgos asociados a las condiciones propias del inmueble, físicas, legales, topográficas, geológicas, ambientales, constructivas, registrales, municipales (accesos, uso de suelo y permisos, si lo requiere y según los necesite), así como lo relativo a uso de suelo y servicios públicos (si lo requiere y según los necesite) y demás circunstancias informadas. El comprador libera al Banco Nacional de Costa Rica, a sus funcionarios, perito y notario, de reclamaciones presentes y futuras relacionadas con condiciones, características o situaciones del inmueble que hayan sido informadas, visibles, verificables o razonablemente determinables mediante la inspección realizada en sitio en la etapa de venta y/o por consulta ante las autoridades competentes, y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirirlo bajo las condiciones en las cuales se encuentra, se reitera que fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a esta Institución. Nota 2: En caso de requerir financiamiento el comprador debe asumir el costo del avalúo de la propiedad ofrecida en garantía, e inspecciones (si aplica), una vez lograda la adjudicación al presentar la solicitud de crédito debe disponer del dinero en una cuenta BN a su nombre para cubrir el monto de contado en un solo tracto. Según corresponda, el costo de los timbres de traspaso (de la propiedad en venta) y los timbres de hipoteca (de la propiedad ofrecida en garantía), son montos que deben ser asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, los mismos serán calculados y cobrados en razón de lo establecido por el Registro Nacional de Costa Rica. Nota 3: El rubro por concepto de póliza de Vida, Hogar (si aplica) y las inspecciones por condicionamientos de la aseguradora (si aplica), serán asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, estos rubros NO son financiables. El monto aproximado anual de la póliza de vida es de: ¢380,000.00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros). Pendiente cotizar la póliza Hogar sobre la propiedad ofrecida en garantía dependiente del resultado valor avalúo realizado para este efecto. Nota 4: El adjudicatario con la firma de la declaración jurada, que es parte del cartel de oferta y pliego de condiciones, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos anteriores a la adjudicación en firme de la propiedad al Banco Nacional de Costa Rica, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente, así como realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras del servicio a fin de constatar la posibilidad de habilitar o no los servicios, así como la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El Banco Nacional advierte que la propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la instalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. El Banco Nacional manifiesta que no tiene conocimiento si la zona posee inconvenientes para habilitar los servicios, por lo que no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Nota 5: Para todos los casos donde el aporte supere los $10.000 (diez mil dólares US o su equivalente en colones), los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada de origen de fondos por medio de su abogado de confianza y presentarse a la oficina BN de su preferencia para actualizar los datos y el perfil financiero (KYC). El adjudicatario/cliente está obligado, por la ley 8204 sobre estupefacientes, sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, a mantener actualizada su información personal y presentar la documentación que respalde el origen de los fondos del aporte como parte de las condiciones de venta una vez presentada su oferta y adjudicada por el Comité de Adjudicación de Bienes Temporales.