Terreno medianero. Topografía plana. Se vende según avalúo 214-20802034417400-2026-U, realizado por el perito Ingeniera Civil Audrey María Anderson Herrera, 13/04/2026 y con base en el plano A-514632-1998, que está inscrito en Registro en finca 2-344174-000 (zona catastrada ABRE 0 y no presenta inconsistencia), situado en distrito 02- SAN JUAN, cantón 08-POÁS, provincia 02-ALAJUELA. Terreno 147m2. Construcciones: 196m2.Primer piso: 2dormitorios, baño, cocina, comedor, pilas y corredor; Segundo piso: 3dormitorios, cocina, baño y área de corredor, pilas. Según consulta registral: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY, GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY. Según avalúo el bien presenta las siguientes condiciones: (1)Según indica el oficio DPSC-IV-2026-4618, el fondo de las construcciones no corresponde al fondo de la propiedad, al que no es posible ingresar. (2) La distancia de amare según el oficio antes mencionado es concordante con lo indicado en el plano catastrado. (3) El medidor fue sustraído, así como la caja de breakers de la construcción del primer piso. También se sustrajeron algunos cables, plafones, toma corrientes y apagadores, se observan cables cortados en los sitios donde se presume estuvieron dichos dispositivos. (4) Las gradas para subir al segundo piso tienen forman un ángulo de 720 (pendiente mayor al 100%), los últimos escalones se encuentran en muy mal estado, al punto de ser riesgoso dar el paso en el último escalón, el descanso tiene un hule en lugar de "piso" (5) La pila de lavar ropa fue sustraída (6) Inmediatamente después de terminado el techo del patio de pilas, el que se da limitado por una tapia, desde el segundo piso se observa un área techada, a la que no puede observarse por la propiedad que se valora, ver fotos. (7) Las paredes se observan en mal estado de pintura y los cielos se observan pandeados y con manchas de moho, en algunos sitios con desplome. (8) Se desconoce la edad de las construcciones, se presume que la casa se construyó al año siguiente de confeccionado el plano catastrado, por lo tanto, se presume que fue construida en el año 1998. Se advierte: (1)Respecto a la solicitud de revisión del punto de amarre consignado en el plano catastrado, del análisis efectuado se desprende que dicho plano establece una distancia proyectada de 14,00 m desde la línea de propiedad de la calle pública principal y, posteriormente, 64,75 m sobre la calle pública secundaria o ramal hasta la propiedad objeto de estudio. (2) En relación con la solicitud de revisión del frente y fondo consignados en el plano catastrado respecto de la realidad física, del análisis efectuado se desprende que dicho plano establece un frente de 7,00 m y un fondo de 21,00 m. Estas dimensiones no concuerdan con las mediciones incorporadas en el avalúo, las cuales consignan un frente de 9,94 m y un fondo de 18,20 m, evidenciándose diferencias significativas entre ambas referencias. (3) No obstante, de la medición topográfica realizada se determinó que el frente de la propiedad corresponde aproximadamente a 7,04 m y el fondo a 20,34 m. Asimismo, se verificó que el fondo de las edificaciones es de aproximadamente 18,20 m. En consecuencia, se considera que la medición del frente consignada en el avalúo es incorrecta, mientras que la distancia de fondo reportada corresponde únicamente al alcance de las edificaciones. Más allá de este punto, tanto la propiedad como su representación en el plano catastrado continúan hasta el lindero posterior. (4). Como resultado de lo anterior, se estima una disminución aproximada de 5,35 m² entre el área delimitada por el lindero físico actual y la representación consignada en el plano catastrado. La propiedad presenta corrosión en las vigas metálicas y piezas estructurales, las gradas representan riesgo, el techo requiere mantenimiento dado que hay infiltraciones de lluvia, los baños requieren mejoras, no cuenta con puerta principal, por lo que el comprador debe realizar las mejoras a fin de evitar afectación o daños. El comprador acepta el terreno y los linderos con las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo de la propiedad, cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales y en sitio para su reposición o rectificación, así como la confección del nuevo plano catastro, asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios, perito y notario a cargo de realizar la escritura de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra.
El Banco Nacional recomienda al interesado, previo a presentar su oferta, realice por su cuenta un replanteamiento topográfico y/o la verificación de linderos, área y correspondencia del inmueble con el plano catastrado y zona catastral, ya que el comprador con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra acepta y exonera al Banco Nacional, sus funcionarios, perito y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida y de cualquier otra situación que afecte Registral, Topográfica, Municipal y más entes que actualmente el Banco Nacional no tenga conocimiento, por lo que quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para la reposición o rectificación, realizar el levantamiento topográfico y presentar un nuevo plano, aceptando las implicaciones o anotaciones registrales relativas, asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión. La propiedad se encuentra sin ocupantes, se advierte al oferente que en caso de que posterior a la firma de la venta del terreno existan ocupantes y no se retiren del inmueble en forma pacífica corresponderá al comprador demarcar el lote y proceder con el desalojo y asumir los costos que esta gestión genere. El Banco Nacional no cuenta con el documento uso de suelo municipal, por ende, no garantiza que el inmueble sea apto para un uso específico pretendido por el comprador, y no asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. El inmueble se vende de contado o con financiamiento, aplican restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la propiedad sea garantía a satisfacción del Banco. Se recomienda que el interesado solicite al ejecutivo de venta un pre estudio de crédito antes de ofertar. Consideraciones importantes: Nota 1: El Banco Nacional le informa al oferente de su derecho a inspeccionar la propiedad en razón de la revisión y rectificación de linderos y punto de amarre y demás situaciones expuestas, por lo que el oferente acepta voluntariamente adquirir el inmueble en el estado físico, de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentra, bajo su propio criterio y responsabilidad, expresamente declara que tuvo oportunidad suficiente para inspeccionar el inmueble y realizar por su propia cuenta todas las verificaciones que consideró necesarias, por lo que el comprador expresamente manifiesta que acepta los riesgos asociados a las condiciones propias del inmueble, físicas, legales, topográficas, geológicas, ambientales, constructivas, registrales, municipales (accesos, permisos, si lo requiere y según los necesite), así como lo relativo a uso de suelo y servicios públicos (si lo requiere y según los necesite) y demás circunstancias informadas. El comprador libera al Banco Nacional de Costa Rica, a sus funcionarios, perito y notario, de reclamaciones presentes y futuras relacionadas con condiciones, características o situaciones del inmueble que hayan sido informadas, visibles, verificables o razonablemente determinables mediante la inspección realizada en sitio en la etapa de venta y/o por consulta ante las autoridades competentes, y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirirlo bajo las condiciones en las cuales se encuentra, se reitera que fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a esta Institución. Nota 2: En caso de requerir financiamiento el comprador se compromete en un plazo de 4 meses en realizar el mantenimiento y mejoras a fin de que la propiedad pueda ser asegurada: (1) Reparación de sistema eléctrico, (2) Cambio de zinc deteriorado, aplicación de tratamiento anticorrosivo y (3) Tratamiento y cambio de daños en paredes y cielo raso, humedad, pintura, el comprador debe asumir el costo de la(s) visita(s) por las inspecciones para efectos del seguro, debe solicitar la visita previo a cumplir el plazo a fin de evitar afectaciones. Una vez lograda la adjudicación al presentar la solicitud de crédito debe disponer del dinero en una cuenta BN a su nombre, para cubrir el monto de contado en un solo tracto. Según corresponda, el costo de los timbres e impuestos de traspaso (de la propiedad en venta) y los timbres de hipoteca, son montos que deben ser asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, los mismos serán calculados y cobrados en razón de lo establecido por el Registro Nacional de Costa Rica. Nota 3: El rubro por concepto de póliza de Vida, Hogar (si aplica) y las inspecciones por condicionamientos de la aseguradora (si aplica), serán asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, estos rubros NO son financiables. El monto aproximado anual de la póliza de vida es de: ¢160,000.00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros). El monto aproximado anual de póliza Hogar es de ¢50,000. Nota 4: El adjudicatario con la firma de la declaración jurada, que es parte del cartel de oferta y pliego de condiciones, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos anteriores a la adjudicación en firme de la propiedad al Banco Nacional de Costa Rica, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente, así como realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras del servicio a fin de constatar la posibilidad de habilitar o no los servicios, así como la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El Banco Nacional advierte que la propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la instalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. El Banco Nacional manifiesta que no tiene conocimiento si la zona posee inconvenientes para habilitar los servicios, por lo que no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Nota 5: Para todos los casos donde el aporte supere los $10.000 (diez mil dólares US o su equivalente en colones), los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada de origen de fondos por medio de su abogado de confianza y presentarse a la oficina BN de su preferencia para actualizar los datos y el perfil financiero (KYC). El adjudicatario/cliente está obligado, por la ley 8204 sobre estupefacientes, sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, a mantener actualizada su información personal y presentar la documentación que respalde el origen de los fondos del aporte como parte de las condiciones de venta una vez presentada su oferta y adjudicada por el Comité de Adjudicación de Bienes Temporales.