Se trata de una edificación de dos plantas, la primera planta es una casa de habitación con cocina, sala, comedor, 3 dormitorios, 2 servicios sanitarios, cuarto de pilas, garaje con capacidad para 4 o 5 vehículos. Y un local comercial con un medio baño y área libre. Segundo nivel: 11 Cabinas con servicio sanitario y dormitorio. Recepción, 2 balcones, 2 escaleras y lavandería común. En general se encuentra en regular estado y requiere mantenimiento en pintura, cielos, aleros, cerrajería, paredes y pisos. No cuenta con servicio de agua ni medidor, sin luz. Estructura principal en mampostería de concreto, entrepiso de concreto, paredes de mampostería y algunas livianas, pisos de cerámica, cielos de gypsum, enchapes de cerámica en baños, puertas de madera, marcos de ventana mixtos (madera y aluminio), sobre de muebles fijos en concreto y enchapados. Según observaciones le perito valuador: el inmueble es de uso mixto (residencial y comercial). En general en regular estado de conservación que requiere mantenimiento en general, pintura, cielos, aleros, cerrajería, paredes y pisos. No cuenta con servicio de agua ni medidor, sin servicio de electricidad. El sistema eléctrico requiere mejoras ya que cuenta con secciones sin entubar. Edificación con evidencias de vandalismo. En apariencia se ubica dentro de la Zona Marítima Terrestre, sin embargo, se desconoce su afectación. La propiedad se encuentra en zona catastrada, según revisión realizada por topógrafos del BN, al 28 de enero del 2025 se mantenía sin inconsistencias. Se vende según lo estipulado en el estudio de registro de la propiedad. El Banco Nacional no garantiza ni asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva, tampoco garantiza el estado del inmueble. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El comprador acepta el terreno y los linderos con las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad y sin demarcación topográfica de acuerdo con el plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional, cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación. Asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerarlo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico y descartar que existan vicios ocultos, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran. El eventual interesado, debe rendir una manifestación escrita, mediante la cual acepta los inmuebles en el estado de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentran; dado que los inspeccionó y verificó previamente, y con la presentación de la oferta acepto expresamente las condiciones de los bienes, relevando al Banco Nacional de Costa Rica , funcionarios y/o empleados de toda responsabilidad presente y futura; así mismo renunciando a cualquier reclamo judicial y/o administrativo en contra del BNCR o de sus funcionarios; y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones, físicas y jurídicas del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirir los inmuebles bajo las condiciones en las cuales se encuentran los mismos, las cuales se reitera fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a ésta Institución. Adicionalmente que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. El eventual adjudicatario deberá de comprometerse de forma contractual en la escritura de traspaso, en caso de requerir financiamiento tomando la misma propiedad como garantía, de que en un plazo de cuatros meses, a partir de la formalización del crédito, realizará todas las mejoras correspondientes para que la aseguradora pueda emitir la respectiva póliza. Una vez realizadas las reparaciones del bien adjudicado dentro del plazo establecido por el banco en el cartel de venta, el cliente deberá de informar al BNCR para que se proceda a realizar la inspección correspondiente por parte de un perito. El costo de las inspecciones la asumirá el cliente por su cuenta. Se aclara que, si el cliente notifica al BNCR que concluyó las mejoras dentro de plazo establecido, será realizada por un perito interno, aplicándose únicamente el cargo correspondiente al kilometraje. Si el cliente solicita una inspección fuera de este plazo o requiere otra inspección, esta será gestionada por un perito externo, generándose los cargos completos por concepto de honorarios profesionales más kilometraje. Se advierte al oferente que, si las mejoras en el bien no han sido concluidas por parte del eventual comprador dentro del plazo pactado, incluso si el cliente ha iniciado el pago de la prima del seguro, en caso de un eventual siniestro, el seguro no cubrirá daños ni pérdidas derivadas de dicha situación. Por lo tanto, es responsabilidad de comprador, cumplir los plazos establecidos, y notificar al BNCR una vez haya concluido las mejoras, liberando al BNCR y funcionarios de toda responsabilidad presente y futura. El inmueble se vende de contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica) , en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito, en caso de que la garantía adiciona sea un inmueble el eventual adjudicatario deberá correr con los gastos del avalúo de dicho bien. " El cliente podrá ofrecer un valor mayor al avalúo con el fin de ganar la subasta, pero debe considerar que debe aportar una garantía adicional que le cubra dicho aumento, la garantía adicional debe ser aceptada por el Banco de acuerdo con las políticas establecidas. Todo crédito lleva una póliza. Se aclara que la prima correspondiente al primer año se cancelará el día de la firma de la escritura de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, este monto correrá por cuenta del adjudicatario. (Este monto puede variar por factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario). Este monto no es financiable. Para los siguientes años estará incluida en la cuota del financiamiento. EL eventual adjudicatario deberá de correr con los gastos por conceptos de timbres de traspaso e hipoteca. Se vende según avalúo 214-60101000784400-2025-U, realizado por el perito Guido Alonso Vargas Mesén el 16 de enero del 2025 y con base en el plano P-299758-1978 que está inscrito en Registro y relacionado con este inmueble. Todo aporte superior o igual a los $10.000 deberá de ser justificado ante el BNCR, además se requerirá una declaración del origen de los fondos emitida por un notario de confianza del cliente.