Inmobiliario amplio terreno con una bodega de dos niveles en mal estado posee la siguiente distribución: Nivel 1: área abierta de bodega con medio baño. Nivel 2: área abierta de bodega. Esta propiedad se vende según informe de avalúo N. 214-30301007987800-2026-U del 16/02/2026, elaborado por Ing. Ronny González Mora.
“Nota: la edificación no posee completa la instalación eléctrica, por lo que, si el eventual adjudicatario requiere financiamiento, deberá comprometerse (de manera contractual en la escritura) a que en un plazo no mayor a 4 meses corregirá la situación para cumplir con el requisito de la póliza de incendio que se requiere para otorgar el crédito.” Adicionalmente, al sistema eléctrico el eventual comprador al firmar el presente cartel de venta se compromete a realizar las siguientes reparaciones en un plazo no mayor a 4 meses:1-Canoas y bajantes, 2-Sistema eléctrico debe estar acorde al código eléctrico del país, 3-Mantenimiento fugas, 4-Mantenimiento ventanas y puertas externas,5- Mantenimiento de losa sanitaria, 6-Mantenimiento cielo raso,7- Mantenimiento humedad, 8- Mantenimiento del Zinc, 9- Mantenimiento general (Repello y pintura). Nota: Queda excluida la vivienda que se encuentra desmantelada del aseguramiento.Una vez realizadas las reparaciones del bien adjudicado dentro del plazo establecido por el banco en el cartel de venta, el cliente deberá de informar al BNCR para que se proceda a realizar la inspección correspondiente por parte de un perito. El costo de las inspecciones la asumirá el cliente por su cuenta. Se aclara que, si el cliente notifica al BNCR que concluyó las mejoras dentro del plazo establecido, será realizada por un perito interno, aplicándose únicamente el cargo correspondiente al kilometraje. Si el cliente solicita una inspección fuera de este plazo o requiere otra inspección, esta será gestionada por un perito externo, generándose los cargos completos por concepto de honorarios profesionales más kilometraje. Se advierte al oferente que, si las mejoras en el bien no han sido concluidas por parte del eventual comprador dentro del plazo pactado, incluso si el cliente ha iniciado el pago de la prima del seguro, en caso de un eventual siniestro, el seguro no cubrirá daños ni pérdidas derivadas de dicha situación. Por lo tanto, es responsabilidad de comprador, cumplir los plazos establecidos, y notificar al BNCR una vez haya concluido las mejoras, liberando al BNCR y funcionarios de toda responsabilidad presente y futura.
Indica el informe de avalúo: "Actualmente en el sitio se aprecia una bodega que ha sufrido en parte desmantelamiento de elementos como puertas, parte de ventanería, sistema eléctrico. En apariencia también existía una vivienda que fue prácticamente desmantelada al 90%. En la bodega se aprecia un problema de fuga de agua interna. Se recomienda la revisión topográfica de las medidas del frente y del contrafrente al ser las medidas en campo discrepantes aproximadamente en 40 cm. Esta bodega muestra indicios de fuga o filtración de aguas en el nivel 1. La bodega no tiene sistema eléctrico ni acometida, faltan ventanas, puertas externas, sistema losa sanitaria mal estado, pintura mal estado. En el sector posterior donde existía una vivienda según último informe, ya no existe, pues fue desmantelada, solamente tiene en pie paredes en material liviano algunas en regular estado. En pared del fondo del terreno se aprecia filtración constante de agua desde terreno vecino. En apariencia parte del lindero este sector posterior está invadido por cubierta de techo de taller vecino. Aparenta que dirección de las aguas pluviales de taller vecino desaguan en el terreno valuado.
El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional; cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra.
El eventual oferente deberá presentar una declaración jurada, en la que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva.
Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario.
Nota: Se advierte al oferente que la marcación topográfica está realizada, sin embargo, será responsabilidad del cliente, corroborar está al momento de requerirlo con un profesional en la materia, siendo esto un costo para el cliente y no para el BN. Nota: Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre.
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY
El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta.
Los timbres de traspaso e hipoteca correrán por cuenta del adjudicatario, monto aproximado a pagar por concepto de timbres de traspaso:₡5.163.465,00, (Monto aproximado cobrado por el Registro Nacional de Costa Rica por Ley).
Se financia como máximo hasta el 100% del monto del del valor informativo por ¢97.334.724,80 o más, con garantía adicional a entera satisfacción del Banco, cuando el valor del bien que se adquiere y que queda como garantía, tomado al 100% de responsabilidad, cubre en un 100% el monto solicitado, siempre y cuando el deudor obtenga sus ingresos en la misma moneda del crédito que se está otorgando. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito.
En caso de requerir financiamiento utilizando la misma propiedad como garantía, el oferente deberá solicitarlo y quedará a criterio del ente aprobador aceptarlo o rechazarlo. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés. Nota: para todos los casos donde el aporte supere los $10.000, los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada por medio de su abogado de confianza.