Código del bien: 9048-1

Vehículo 9048-1

Año: 2016
Marca: Hyundai
45% descuento
₡2.475.000,00
Valor avalúo: ₡4.500.000,0
Venta directa
45% descuento
45% descuento
₡2.475.000,00
Valor avalúo: ₡4.500.000,0

Fecha cierre de subasta: 01/01/0001 HH:MM:SS

01
Días
:
22
Horas
:
25
Minutos
:
07
Segundos

Descripción

VEHICULO: Usado, marca HYUNDAI ACCENT GLS, año 2016, placa
BZY408, color ROJO, capacidad 5 personas, Cilindrada: 1500 C.C,
Cilindros: 4 Combustible: GASOLINA, tracción 4x2, Transmisión:
Manual, Kilometraje: 364.611 Otras características generales indicadas
por el perito valuador: Vehículo tipo automóvil utilizado como taxi, año
2016, con 4 puertas, asientos forrados en vinil color beige en mal
estado, tracción 4x2, transmisión manual, vidrios y espejos eléctricos,
aire acondicionado, llantas en mal estado con aros de lata #14. Peso
bruto: 1320 kg. Motor marca Hyundai, potencia: 94 KW, 4 cilindros, de
gasolina, 1500 c.c. El estado general del vehículo es regular. En el
momento de la inspección presentaba rayones en ambos búmpers, en
las puertas, en la tapa del motor, en los guardabarros, en los espejos
retrovisores, en el techo y en la cajuela. Además tenía golpes en el
búmper delantero del lado derecho y en la puerta trasera derecha y
tenía despintada la carátula de ambos espejos retrovisores. El vehículo
no tenía placas de circulación metálicas, llanta de repuesto ni radio. La
batería del vehículo se encontraba mala por lo que se utilizó una batería
disponible en la bodega pero únicamente se pudo comprobar la ignición
y realizar la lectura del kilometraje ya que no dio arranque para
comprobar el funcionamiento del motor. la Revisión Técnica Vehicular
(octubre-2021) se encuentran vencidos. Se vende según informe de
avalúo # 208-TSJ002509-2023-V, con fecha de 27/04/2023, realizado
por Hugo Jorge Brian Gago. Según Registro Público: Según Registro
Público: No Posee Gravamen(es), No Posee Anotación. No Posee
Infracción(es) / Colisión(es) Se aclara que las consultas de las
infracciones de multas fijas a la ley de tránsito deben ser consultadas en
CO SEVI. Si Posee Levantamiento Fecha Inclusión Rollo Inclusión
Imagen Inclusión Fecha Levant. Rollo Levant. Imagen Levant. Info.
Boleta Sumaria Autoridad Judicial Observación 20-mar-2001 25 1511
13-jul-2004 77 301 0003747851 01-000221-492-TC 17-dic-2001 76 583
25-ene-2002 76 583 01545435 01-616456-489-TC 13-sep-2010 1042
1182 13-jul-2015 0 0 1089100474 106016900491TC JUZGADO
TRANSITO DE DESAMPARADOS 29-jul-2011 76 583 24-oct-2011 0 0
240900656 11-604965-489-TC SAN JOSE-1 C.J. S.J. JUZGADO DE
TRANSITO 04-sep-2012 76 583 07-dic-2012 76 0 2012-241700514 12-
005945-0489-TR JUZGADO DE TRANSITO DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSE 06-nov-2013 0 0 13-jul-2015 0 0
2013235300407 13-601958-0491-TC JUZGADO DE TRANSITO DE
DESAMPARADOS 20-jul-2017 0 0 22-sep-2017 0 0 2017235600188 17-
006163-0489-TR JUZGADO DE TRANSITO DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSE El vehículo tiene la revisión técnica vencida.
Se advierte a los oferentes: 1- En los casos de que la revisión técnica
(RTV) está vencida o venza al momento de la entrega del vehículo al
comprador, este se entregará sin la revisión técnica vigente respectiva
y le corresponderá al nuevo dueño realizar el trámite respectivo. 2-
Rubro provisional de Derecho de Circulación, vigencia 2024. En el caso
de que el derecho de circulación no se encuentre al día le
corresponderá al comprador pagar los marchamos pendientes pues es
un requisito indispensable para el otorgamiento de la escritura de venta.
3- En el caso que los vehículos requieran el remplazo de las placas
metálicas antiguas, le corresponderá al comprador realizar este trámite.
En caso de que el automotor no supere la prueba de emisión de gases,
deberán correr por cuenta del comprador los gastos que generen las
reparaciones que sean necesarias para que el vehículo apruebe la
revisión técnica respectiva. Si el vehículo requiere la reparación y/o
sustitución de cualquier, parte, pieza o repuesto, para aprobar la
revisión técnica; el comprador deberá asumir los costos que esto
conlleve. Los gastos por concepto timbres de traspaso correrán por
cuenta del adjudicatario ₡157.500,00 (Monto aproximado cobrado por el
Registro Nacional de Costa Rica por Ley). Los aranceles, timbres,
derechos de inscripción, derecho o canon de circulación, impuesto de
traspaso e impuesto de la propiedad, y en general cualquier tributo o
canon necesario para la circulación del vehículo; correrán por cuenta
del comprador. Nota: Es parte de este formulario el ANEXO 1 adjunto, el
cual debe leer y firmar. SIN LA CORRECTA PRESENTACION DE ESTE
DOCUMENTO LA OFERTA NO TIENE VALIDEZ. Nota: Se aclara al
comprador que las consultas de las infracciones de multas fijas a la ley
de tránsito deben ser consultadas en COSEVI; cualquier infracción y
partes existentes deberá asumirlas el comprador. En el caso de
vehículos de transporte público del Canon correspondiente de las
sumas pendientes de pago deberá asumirlas el comprador. El vehículo
se ubica en Cartago, Tejar, Barrio Sabana Grande de la entrada al
plantel de DEKRA 25 mts al oeste, a mano derecha). Se mostrará previa
confirmación de cita con el señor Michael Mena Olivares correo:
mmenao@bncr.fi.cr, atención de llamadas en horario de Lunes a
Viernes de 9:00am a 5:00pm al teléfono 8662-0707 El motor del vehículo
no ha sido encendido durante algún periodo considerable de tiempo, por
lo cual se desconoce su estado de conservación y mantenimiento. En
ese sentido, no se garantiza el funcionamiento óptimo del motor; ni
tampoco se garantiza que el automotor pueda funcionar y circular. En
caso de que el oferente desee encender el vehículo deberá llevar la
batería respectiva o cualquier otro mecanismo que sea requerido para
que el mismo encienda. Nota: El vehículo se vende de contado o con
financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y
procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el
cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el
financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de
que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia,
el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes. Los
gastos por póliza de vida no están incluidos dentro de la cuota, estos
montos correrán por cuenta del adjudicatario. (Este monto puede variar
por factores como Edad del deudor, Nivel de endeudamiento general del
deudor, monto ofrecido por el adjudicatario). Este monto no es
financiable. Nota: El cliente podrá solicitar una cesión de derechos en un
plazo máximo de diez días hábiles posterior a la comunicación formal de
la adjudicación, de lo contrario no se podrá realizar la misma. Si el cliente
desea realizar una cesión de derechos a favor de un tercero, deberá
cancelar el doble de los derechos registrales e Impuestos de traspaso,
además de los timbres de hipoteca. No se permite al cedente ceder
parcialmente sus derechos a diferentes cesionarios, solo se permite
ceder por completo su derecho a un solo cesionario. Nota: La Garantía
de Participación y Cumplimiento, se debe depositar en la cuenta
corriente 100-01-061-001731-5 o Cuenta IBAN CR20 0151 0611 0010
0173 11 a nombre de “Ofertas Bienes Temporales BNCR” del Banco
Nacional de Costa Rica y en el detalle del pago deberá indicar: número
de placa, código del bien y el número de cédula del oferente. Al momento
de la entrega de la oferta el comprobante de garantía de participación
deberá estar adjunto al formulario. Cualquier tipo de trabajo y/o
reparación que requiera el vehículo por problemas posteriores a la
venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo
deberá aceptar el vehículo en el estado físico y de conservación en que
se encuentra actualmente. Con base en la amplia información que se ha
brindado en torno al estado actual del vehículo; el comprador, releva al
Banco Nacional de toda responsabilidad presente y futura y renuncia a
cualquier reclamo posterior judicial y/o administrativo con la firma del
cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. Nota: para todos los
casos donde el aporte supere los $10.000, los adjudicatarios deberán
aportar la declaración jurada por medio de su abogado de confianza.

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