Lote: amplios terrenos de topografía plana, bajo nivel de calle. Se vende con base en los avalúos el código 7173-1 # 214-30701020669400-2024- U realizado por Roger Raymundo Molina Mora con fecha 13/09/2024 y
el código 7173-2 # 214-30701005737500-2024-U realizado por Olman Quirós Ballestero con fecha 14/09/2024. Observaciones indicadas por el perito valuador; código del bien: 7173-1 Los linderos de franja angosta y lindero este no se encuentra desmarcados ni delimitados. Código del bien 7173-2: Aunque en el informe registral no se indica ningún gravamen, la finca sujeta presenta servidumbre sirviente en la realidad para tres lotes que utilizan la misma salida del lote sujeto. El área disponible para construir es aproximadamente del 60 %, dado que el porcentaje restante lo ocupa la servidumbre de paso. Con la presentación de la oferta, el eventual interesado aceptará el inmueble en el estado de conservación y las condiciones en que se encuentra actualmente la finca. “El eventual oferente debe presentar declaración jurada, donde se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo (en caso en que la propiedad posea dichos servicios) con las instituciones correspondientes, así como el uso de suelo de la propiedad ante la municipalidad respectiva (este documento se ubica al final del cartel de venta). El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. Nota: propiedad requiere delimitación y cercado de los vértices por parte de un topógrafo con mojones de cemento para definir el perímetro del terreno este gasto corre por cuenta del eventual adjudicatario, cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación, por lo que el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica de cualquier responsabilidad presente o futura por el exceso o faltante y renuncia a cualquier reclamo posterior judicial y/o administrativo con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. Nota:La propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la reinstalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. Nota: Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre. Los gastos por concepto timbres de traspaso correrán por cuenta del adjudicatario ₡3.089.330,00 (Monto aproximado cobrado por el Registro Nacional de Costa Rica por Ley). Nota: “el inmueble se vende de contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito”. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un preestudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés. Nota: para todos los casos donde el aporte supere los $10.000, los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada por medio de su abogado de confianza.