Se trata de un terreno, ubicado en zona rural, su acceso es por medio de servidumbre, la cual no se encuentra inscrita a nivel registral. Se hace la advertencia a los oferentes, que el bien no tiene acceso por calle pública, sino que es por servidumbre de paso no inscrita ante el registro, cualquier problema posterior a la venta del bien dado a esta situación será responsabilidad única del adjudicatario, liberando al BNCR y a sus funcionarios, de toda responsabilidad presente y futura. Con la presentación del cartel de venta se acepta dicha advertencia. El bien se vende según lo indicado en el estudio de registro de la propiedad: SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 284-05819-01-0901-001 FINCA REFERENCIA 6007650 000 AFECTA A FINCA: 6-00180063 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY Según observaciones del perito valuador: Los linderos no presentan demarcación física permanente. Se ubicó a partir del punto de amarre que indica el plano catastrado vigente, complementando con localización en SIRI. El lindero más preciso podría ser la servidumbre, que conserva adoquinado en frente del bien sujeto; sin embargo, dicho acceso requiere labor de mantenimiento porque está completamente encharralado. Dado lo anterior, el acceso actualmente es posible solo a pie. En el tramo antes del bien, no hay adoquinado y se conoce que en años anteriores sí lo hubo, pero evidentemente fue sustraído Todo el terreno presenta cobertura forestal producto de regeneración natural. Es evidente el abandono total del bien y su entorno inmediato. Se recomienda deslindar el frente y los tres costados porque actualmente se carece de demarcación física permanente o al menos es muy difícil. Se vende según lo estipulado en el estudio de registro de la propiedad. El Banco Nacional no garantiza ni asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva, tampoco garantiza el estado del inmueble. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerarlo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico y descartar que existan vicios ocultos, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran. El eventual interesado, debe rendir una manifestación escrita, mediante la cual acepta los inmuebles en el estado de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentran; dado que los inspeccionó y verificó previamente, y con la presentación de la oferta acepto expresamente las condiciones de los bienes, relevando al Banco Nacional de Costa Rica , funcionarios y/o empleados de toda responsabilidad presente y futura; así mismo renunciando a cualquier reclamo judicial y/o administrativo en contra del BNCR o de sus funcionarios; y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones, físicas y jurídicas del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirir los inmuebles bajo las condiciones en las cuales se encuentran los mismos, las cuales se reitera fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a esta Institución. Adicionalmente que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. . El inmueble se vende de contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica) , en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito, en caso de que la garantía adiciona sea un inmueble el eventual adjudicatario deberá correr con los gastos del avalúo de dicho bien. "El cliente podrá ofrecer un valor mayor al avalúo con el fin de ganar la subasta, pero debe considerar que debe aportar una garantía adicional que le cubra dicho aumento , la garantía adicional debe ser aceptada por el Banco de acuerdo a las políticas establecidas. Todo crédito lleva una póliza. Se aclara que la prima correspondiente al primer año, se cancelará el día de la firma de la escritura de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, este monto correrán por cuenta del adjudicatario. (Este monto puede variar por factores como Edad del deudor, Nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario). Este monto no es financiable. Para los siguientes años estará incluida en la cuota del financiamiento. El eventual adjudicatario deberá de correr con los gastos por conceptos de timbres de traspaso e hipoteca. Se vende según avalúo 214-60102018006300-2024-R, realizado por el perito Randy Antonio Umaña Picado el 13 de setiembre del 2024 y con base en el plano P-1453090-2010 que está inscrito en Registro y relacionado con este inmueble.