BN Venta de Bienes - Propiedades inmuebles

Terreno Alajuela, Desamparados (5915-1)

Escrito por Juan Carlos Guevara Alvarez | 2/25/26 12:35 AM

Descripción

Terreno con edificaciones en pésimo estado de conservación. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, será responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado físico y de conservación en que se encuentre. Esta propiedad se vende según informe de avalúo N. 214-20110015630500-2025-U del 19/8/2025, elaborado por Randall Campos Noriega. Indica el informe de avalúo: "De acuerdo con el levantamiento topográfico DPSC-IV-2025-3539, realizado el 12 de junio del 2025 elaborado por Leandro Arguedas Arguedas, se identificaron las siguientes afectaciones: i. Invasión 1: La finca 2-285083-000 (plano A-0147577-1993) invade en aproximadamente 5,5 m² a la finca 2-156305-000 (plano A-0266136-1995), propiedad del Banco Nacional de Costa Rica, en la colindancia oeste. ii. Invasión 2: La finca 2-156305-000 invade en aproximadamente 10,0 m² a la finca 2-156469-000 (plano A-0464873-1982), lo cual se refleja en el tramo de tapia de bloques (14,8 m) y en el frente a calle pública (plano: 8,3 m; medición: 9,4 m). iii. Área de retiro por quebrada: La finca 2-156305-000 está afectada por la zona de protección de la Quebrada Rincón en 55,7 m², de los cuales 25,8 m² corresponden a la edificación principal y 29,9 m² a aleros, aceras y corredores. La quebrada no se refleja en el plano catastrado actual. Se estima indispensable el replanteo de un nuevo plano catastrado que refleje de manera exacta la ubicación de la quebrada. En el informe se consigna una distancia de 0 metros entre la quebrada y la construcción, dado que hacia la colindancia este, cerca del vértice N.°1, el cauce pasa prácticamente junto a la vivienda. No obstante, conforme la quebrada avanza en el sentido longitudinal del terreno, se va separando de la edificación. Estas circunstancias se han contemplado en la tabla de homologación para la determinación del valor del terreno. La finca se ubica en zona catastrada, no presenta modificaciones ni inconsistencias. La vivienda principal presenta un estado de mantenimiento y conservación deficiente, con deterioro significativo en paredes, cielos, techos, instalaciones electromecánicas y pisos, lo que requiere una intervención mayor. Adicionalmente, se encuentra afectada por la zona de protección de la quebrada Rincón, con una afectación de aproximadamente 25,80 m² dentro de la edificación, lo que reduce el área funcional a 22,20 m². La vivienda, además, se ubica por debajo del nivel de la calle pública, lo que la expone a riesgos de inundación en caso de crecida de la quebrada. Por estas razones, y considerando que la afectación del área funcional supera el 50 % de la edificación, se concluye que el inmueble no presenta un valor de rescate en sus construcciones. En cuanto a la segunda vivienda, construida en madera, esta se encuentra en estado de demolición, con una estructura que puede considerarse de riesgo, por lo cual tampoco se le asigna valor de rescate". El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Dado lo anterior, el oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerar lo necesario, hacer los estudios correspondientes para garantizar su uso físico y descartar que existan vicios ocultos, además de hacer las consultas a las municipalidades y entes públicos correspondientes para garantizar su uso de suelo y servicios públicos, según los necesite, así mismo, los permisos de construcción, en caso de que se requieran. Requiere demarcado de linderos según plano y levantado de cercas, este gasto correrá por cuenta del eventual adjudicatario. Cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación, por lo que el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, funcionarios y notario designado de cualquier responsabilidad presente o futura por el exceso o faltante renunciando en este acto a cualquier reclamo posterior judicial y/o administrativo con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El adjudicatario con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El comprador acepta el terreno con los linderos y las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se indican en el avalúo supra indicado de la propiedad de acuerdo al plano catastrado y a lo que indica el estudio del Registro Nacional; cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación; asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida, y renuncia de antemano a cualquier reclamo posterior judicial, administrativo o penal con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra. El eventual oferente deberá presentar una declaración jurada, en la que se indique que acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los servicios públicos indicados en el avalúo con las instituciones correspondientes; así como también el uso de suelos de la propiedad ante la municipalidad respectiva. Se aclara que durante el primer año del crédito, el rubro por concepto de póliza de vida, se cancelará el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, monto aproximado: ¢300.000,00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para todos los casos, correrá por cuenta del adjudicatario. El rubro de póliza de vida se cobrará al momento de la formalización y corresponde a la emisión anual del seguro, sin embargo, en la cuota del crédito, se cargará una suma mensual correspondiente al doceavo (monto de anualidad dividida en 12 meses) de dicha póliza, esto con el objetivo de conformar la anualidad para el siguiente período. Los timbres de traspaso e hipoteca correrán por cuenta del adjudicatario, monto aproximado a pagar por concepto de timbres de traspaso: ¢600.000,00 monto aproximado a pagar por concepto de timbres de hipoteca: ¢150.000,00. En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del Banco para poder respaldar el crédito. En caso de requerir financiamiento utilizando la misma propiedad como garantía, el oferente deberá solicitarlo y quedará a criterio del ente aprobador aceptarlo o rechazarlo. Únicamente se recibirán ofertas de contado o financiamiento con garantía independiente a entera satisfacción del Banco, cuando el valor del bien que se adquiere y que queda como garantía, tomado al 80% de responsabilidad, cubre en un 100% el monto solicitado, siempre y cuando el deudor obtenga sus ingresos en la misma moneda del crédito que se está otorgando. En el caso de requerir financiamiento por la compra de este bien, pagará una cuota aproximada de ¢110.000,00 por mes; se aclara que los cálculos realizados están basados en el valor informativo de publicación, los mismos son aproximados, por lo que podrán variar, dependiendo de la oferta que realice el cliente. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de su interés.