Lote: amplio terreno de topografía quebrada, ubicado en zona rural.
Nota: propiedad no posee servicios públicos. Se vende con base en el
avalúo # 214-30603021220900-2024-R realizado por JOSE EFRAÍN
MAZARIEGOS PALACINO con fecha 25/06/2024. Observaciones
indicadas por el perito valuador: Terreno sin construcciones, con fuerte
pendiente, con exposición de Este a Oeste, se ingresa por calle pública
y parte por servidumbre agrícola. Presenta servidumbre de Oleoducto y
de Paso Recope, Con la presentación de la oferta, el eventual
interesado aceptará el inmueble en el estado de conservación y las
condiciones en que se encuentra actualmente la finca. El eventual
oferente debe presentar declaración jurada, donde se indique que
acepta el bien en las condiciones actuales y ha corroborado los
servicios públicos indicados en el avalúo (en caso en que la propiedad
posea dichos servicios) con las instituciones correspondientes, así
como el uso de suelo de la propiedad ante la municipalidad respectiva
(este documento se ubica al final del cartel de venta). El adjudicatario
con la firma de la declaración jurada que es parte del cartel de oferta,
acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su
cuenta, todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto
de servicios públicos de períodos posteriores a la fecha de celebración
del acto de firma de la escritura de traspaso ante el notario público
correspondiente, por cuanto se constituye como una obligación por
parte del oferente; realizar las consultas pertinentes ante las empresas
proveedoras de esos servicios a fin de constatar la existencia o no de
facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. Nota:
propiedad requiere delimitación y cercado de los vértices por parte de
un topógrafo con mojones de cemento para definir el perímetro del
terreno este gasto corre por cuenta del eventual adjudicatario, cualquier
diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo,
quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su
reposición o rectificación, por lo que el comprador exonera al Banco
Nacional de Costa Rica de cualquier responsabilidad presente o futura
por el exceso o faltante y renuncia a cualquier reclamo posterior judicial
y/o administrativo con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta
de compra. Nota: Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por
problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del
comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar el bien en el estado
físico y de conservación en que se encuentre. Nota: El cliente acepta la
propiedad con las siguientes anotaciones y/o
gravámenes:ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVÁMENES o AFECTACIONES: SI HAY CONDICIONES REF:2857-
003-001 CITAS: 325-01254-01-0968-001 FINCA REFERENCIA
3091865B 000 AFECTA A FINCA: 3-00212209 -000 CANCELACIONES
PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVIDUMBRE DE OLEODUCTO Y DE PASO DE RECOPE CITAS:
427-12741-01-0001-001 INICIA EL: 16-ENE-1996 FINCA REFERENCIA
3091865B 000 AFECTA A FINCA: 3-00212209 -000 CANCELACIONES
PARCIALES: SI HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY Los
gastos por concepto timbres de traspaso correrán por cuenta del
adjudicatario ₡520.841,80 (Monto aproximado cobrado por el Registro
Nacional de Costa Rica por Ley). Nota: “el inmueble se vende de
contado o con financiamiento aplicando restricciones (respetando las
políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el
sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la(s) garantía(s) que
respaldan el financiamiento deben ser a entera satisfacción del Banco.
En caso de que el bien en venta no sea apto para tomarse como
garantía crediticia, el banco podrá solicitar garantías adicionales o
independientes al bien en venta que sean a entera satisfacción del
Banco para poder respaldar el crédito”. En caso de requerir
financiamiento utilizando la misma propiedad como garantía, el oferente
deberá solicitarlo y quedará a criterio del ente aprobador, aceptarlo o
rechazarlo. Es recomendable que el cliente interesado en ofertar se
someta a un pre-estudio de crédito, antes de ofertar por la propiedad de
su interés. Nota: para todos los casos donde el aporte supere los
$10.000, los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada por
medio de su abogado de confianza.